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CUIDADOR [ XUNTA ]

Duración
Todos los niveles
0 lección
56 cuestionarios
8 estudiantes
    Se trata de profesionales de la salud que tienen facultades para realizar servicios complementarios de la asistencia sanitaria en aquellos aspectos que no sean de la competencia del personal sanitario titulado.

  • Nacionalidad:

 

    • Tener la nacionalidad española.
    • Ser nacional de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea.
    • Ser nacional de algún Estado en que, en virtud de los tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y ratificados por España, sea aplicable la libre circulación de trabajadoras/es.
    • También podrán participar, cualquier que sea su nacionalidad, los cónyuges de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. En iguales condiciones podrán participar sus descendientes y las/los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
  • Titulación: estar en posesión o en condición de obtener el título de técnico/a auxiliar de clínica (FP 1º), técnico/a auxiliar de enfermería (módulo profesional nivel 2, rama sanitaria) o técnico/a en cuidados auxiliares de enfermería (FP de grado medio, familia profesional sanidad).
  • Capacidad funcional: no padecer enfermedad ni estar afectado/a por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones o tareas.
  • Habilitación: no haber sido separado/a ni despedido/a, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna Administración pública o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni encontrarse en la situación de inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de empleos o cargos públicos por resolución judicial, cuando se trate de acceder al cuerpo o escala de personal funcionario del cual la persona fue separada o inhabilitada. No podrán participar en el proceso selectivo las personas que ya pertenecen como personal laboral fijo a la categoría 003 del grupo IV del personal laboral de la Xunta de Galicia.