- Se trata de profesionales de la salud que tienen facultades para realizar servicios complementarios de la asistencia sanitaria en aquellos aspectos que no sean de la competencia del personal sanitario titulado.
- Nacionalidad:
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- Tener la nacionalidad española.
- Ser nacional de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea.
- Ser nacional de algún Estado en que, en virtud de los tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y ratificados por España, sea aplicable la libre circulación de trabajadoras/es.
- También podrán participar, cualquier que sea su nacionalidad, los cónyuges de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. En iguales condiciones podrán participar sus descendientes y las/los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
- Titulación: estar en posesión o en condición de obtener el título de técnico/a auxiliar de clínica (FP 1º), técnico/a auxiliar de enfermería (módulo profesional nivel 2, rama sanitaria) o técnico/a en cuidados auxiliares de enfermería (FP de grado medio, familia profesional sanidad).
- Capacidad funcional: no padecer enfermedad ni estar afectado/a por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones o tareas.
- Habilitación: no haber sido separado/a ni despedido/a, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna Administración pública o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni encontrarse en la situación de inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de empleos o cargos públicos por resolución judicial, cuando se trate de acceder al cuerpo o escala de personal funcionario del cual la persona fue separada o inhabilitada. No podrán participar en el proceso selectivo las personas que ya pertenecen como personal laboral fijo a la categoría 003 del grupo IV del personal laboral de la Xunta de Galicia.